1 OBJETO

Las Condiciones Particulares de los Usuarios Ofertantes regulan la relación contractual entre AIGÜES DEL SEGARRA GARRIGUES, SA (en adelante “ASG”), como entidad operadora del Banco de Tierras, y (i) las personas propietarias de Fincas o facultadas para vender o poner en arrendamiento una o más Fincas que lo soliciten a ASG a través del “Formulario de Anunciante” (los “Anunciantes”); o (ii) las personas o entidades interesadas en una Finca o un conjunto de Fincas colindantes con una superficie total superior a las cincuenta hectáreas (los “Demandantes de Grandes Superficies”).

En cualquier caso, el uso del Banco de Tierras por parte de los Usuarios Ofertantes está sometido a las Condiciones Generales del Banco de Tierras (las “Condiciones Generales”) y el Aviso Legal de la web de ASG (el “Aviso Legal ), disponibles aquí: Condiciones Generales y Aviso Legal. En caso de conflicto entre las Condiciones Generales o el Aviso Legal y estas Condiciones Particulares, prevalecerán estas últimas.

Las Condiciones Generales, el Aviso Legal y las Condiciones Particulares serán conjuntamente denominadas las «Condiciones».

Los términos en mayúscula utilizados en estas Condiciones Particulares no definidos en las mismas tendrán el significado que se les otorga en las Condiciones Generales.

2 RELACIÓN CONTRACTUAL ENTRE ASG Y LOS USUARIOS OFERTANTES

La relación contractual entre ASG y los Usuarios Ofertantes se iniciará en el momento de presentación del Formulario de Anunciante o el Formulario de Demandante de Grandes Superficies, según proceda, y se mantendrá vigente hasta el momento de retirada del último Anuncio o Oferta sobre Grandes Superficies del Usuario Ofertante (las “Publicaciones”) por cualquiera de las causas especificadas en las Condiciones Generales.

ASG no asegura ni garantiza a los Usuarios Ofertantes que los negocios ofrecidos a través de las Publicaciones puedan ser llevados a cabo.

Los Usuarios Ofertantes podrán finalizar su relación contractual con ASG en cualquier momento, de forma gratuita y sin ningún tipo de penalización escribiendo a la dirección de correo electrónico bancdeterresaigues-asg.es y solicitando la retirada de la o las Publicaciones.

3 SEGUIMIENTO DE CONTACTOS

Una vez facilitados los datos de contacto a los Interesados, Propietarios de Fincas Demandadas o Demandantes de Grandes Superficies, según proceda, ASG podrá contactar con los Usuarios Ofertantes transcurridos unos días para comprobar si han sido contactados por los Interesados o Propietarios de Fincas Demandadas, y si es necesario retirar o modificar la Publicación. En cualquier caso, ASG no asume la obligación de hacerlo y, por tanto, son los Usuarios Ofertantes quienes deben dirigirse a ASG si quieren retirar las Publicaciones (sin perjuicio de lo establecido en el apartado 6 de las Condiciones Generales).

4 SUSPENSIÓN, RESTRICCIÓN O FINALITZACIÓN DE LA ACTIVITAT DE LOS USUARIOS OFERTANTES

En caso de que ASG tenga (i) indicios de que los Usuarios Ofertantes hayan utilizado el Banco de Tierras de forma contraria a las Condiciones o al ordenamiento jurídico vigente, de forma fraudulenta, infringiendo derechos de terceros, introduciendo información engañosa, con mala fe o de otra forma contraria al ordenamiento jurídico vigente; o (ii) cualquier otro interés legítimo, especialmente el de proteger a los Destinatarios del Servicio de cualquier actividad fraudulenta, tendrá la facultad de aplicar las siguientes medidas sancionadoras, en función de la gravedad de la situación:

a) Eliminar Publicaciones o parte de su contenido

b) Retrasar la publicación de Anuncios u Ofertas sobre Grandes Superficies

c) Retrasar la comunicación a los Demandantes de Grandes Superficies de los datos de contacto de los Anunciantes que sean Propietarios de Fincas Demandadas

d) Retrasar la comunicación a los Interesados y Propietarios de Grandes Superficies de los datos de contacto de los Usuarios Ofertantes

e) Realizar advertencias a los Usuarios Ofertantes

f) Restringir o prohibir, de forma temporal o definitiva, el uso del Banco de Tierras a los Usuarios Ofertantes

Si ASG decide restringir, suspender o poner fin a la actividad de un Usuario Ofertante al Banco de Tierras, ASG comunicará al mismo, antes de que la medida surta efecto, los motivos de su decisión (excepto sujeción de ASG a obligaciones legales o reglamentarias que lo impidan o de infracción reiterada demostrable de las Condiciones por parte del Usuario Ofertante). En el caso de finalización de la Actividad de un Usuario Ofertante en el Banco de Tierras, la decisión será comunicada con una antelación mínima de 30 días.

Una vez las medidas sancionadoras se hayan comunicado al Usuario Ofertante, éste podrá esclarecer los hechos y circunstancias a través del Procedimiento de Reclamaciones, de acuerdo con lo que se establece en la cláusula 9.1. Si después de seguir el procedimiento interno de tramitación de reclamaciones ASG decide revocar las medidas sancionadoras, ASG restituirá al Usuario Ofertante a su posición previa a la adopción de las medidas en el plazo más breve posible.

En casos excepcionales de sujeción de ASG a obligaciones legales o reglamentarias que lo impidan o de infracción reiterada demostrable de las Condiciones por parte del Usuario Ofertante, ASG no comunicará las medidas previamente a su adopción.

5 PARÁMETROS DE CLASSIFICACIÓN DE LAS PUBLICACIONES

Los parámetros utilizados por ASG para clasificar las Publicaciones en el Banco de Tierras son los que se establecen en las Condiciones Generales.

6 INFORMACIÓN GENERADA A PARTIR DE LA ACTIVIDAD DEL BANCO
DE TIERRAS

Para poder publicar los Anuncios y Ofertas sobre Grandes Superficies y facilitar los datos de contacto de los Usuarios, ASG recogerá la información que los Usuarios faciliten a través de los Formularios de Anunciante, Interesado, Demandante de Grandes Superficies y Propietario de Grandes Superficies (los «Formularios»), incluyendo los datos personales que se contengan. ASG tendrá acceso en todo momento a los Formularios y su contenido, así como al resto de información sobre las Fincas que se muestre en el Banco de Tierras.

Más allá de la información mencionada, ASG no tratará ninguna otra. Por ejemplo, no recogerá información sobre detalles de las ofertas ni tendrá ningún registro de las transacciones que sean finalmente realizadas entre los Usuarios. Sin embargo, ASG se reserva la facultad de tratar la información de forma agregada para fines de estadística interna.

7 DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS USUARIOS
OFERTANTES

Los Usuarios Ofertantes que así lo soliciten a través de la dirección de contacto que figura en la cláusula 10 podrán acceder a la información, incluyendo los datos personales, que hayan facilitado a través de los Formularios de Anunciante y Demandante de Grandes Superficies que hayan presentado. En caso de que ASG considere que determinados datos estadísticos elaborados a partir de la información proporcionada a través del Banco de Tierras pueden ser interesantes para la actividad de los Usuarios Ofertantes, se los podrá facilitar.

Sin perjuicio de lo establecido en las Condiciones Generales sobre el tratamiento de datos personales, la información proporcionada al Banco de Tierras por parte de los Usuarios y la generada a partir de su actividad no será facilitada a terceros por parte de ASG.

Los Usuarios Ofertantes declaran que tienen derecho suficiente para utilizar cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial que pueda ser comunicado al Banco de Tierras (por ejemplo logotipos, marcas y nombres comerciales), y que el uso por su parte no infringe ningún derecho de terceros.

Los Usuarios Ofertantes asumen la plena responsabilidad del uso de cualquier información, documento, contenido o material de cualquier tipo que faciliten al Banco de Tierras, incluyendo los derechos de propiedad intelectual o industrial a los que éstos puedan estar sujetos, y mantendrán a ASG indemne de cualquier responsabilidad derivada de éste del uso que pueda hacer.

Asimismo, los Usuarios Ofertantes autorizan a ASG a utilizar, en el marco de actividades promocionales, las marcas, nombres comerciales y logotipos que se utilicen para designar al Usuario Ofertante.

8 MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES

ASG notificará a los Usuarios Ofertantes cualquier cambio en las Condiciones con una antelación mínima de 15 días a su entrada en vigor (el “Plazo de Notificación”). Las modificaciones propuestas no se aplicarán hasta que finalice el Plazo de Notificación.

No obstante, el Plazo de Notificación no será de aplicación cuando ASG esté sujeto a una obligación legal o reglamentaria que le exija modificar las Condiciones de una forma que no le permita respetar el Plazo de Notificación, o bien deba modificar excepcionalmente sus Condiciones para hacer frente a un peligro imprevisto e inminente relacionado con la defensa de ASG o los Usuarios Ofertantes contra el fraude, los programas informáticos maliciosos, el spam, las violaciones de seguridad de datos u otros riesgos de ciberseguridad.

ASG enviará la notificación de modificación de las Condiciones Particulares a la dirección de correo electrónico que los Usuarios Ofertantes hayan indicado en el Formulario. Sin embargo, si los Usuarios Ofertantes así lo solicitan en el Formulario, la notificación será enviada a través de mensaje SMS al número de teléfono que éstos indiquen.

9 RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

9.1. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN

ASG pone a disposición de los Usuarios Ofertantes un procedimiento interno y gratuito para la resolución de conflictos que puedan surgir entre los Usuarios Ofertantes y ASG en el marco del Banco de Tierras (el “Procedimiento de Reclamación”).

El Procedimiento de Reclamación se basa en los principios de transparencia e igualdad de trato de situaciones equivalentes, tratando las reclamaciones de forma proporcionada en relación con su importancia y complejidad. ASG pondrá todos sus esfuerzos en atender a la Reclamación en un plazo razonable teniendo en cuenta la complejidad de la reclamación.

9.1.1. Motivos de Reclamación

El Procedimiento de Reclamación permitirá a los Usuarios Ofertantes presentar reclamaciones directamente a ASG, como operador del Banco de Tierras, en relación con cualquiera de las cuestiones listadas a continuación:

    1. supuesto incumplimiento por parte de ASG del Reglamento (UE) 2019/1150 que afecte al Usuario Ofertante que presente la reclamación (la “Reclamación” y el “Reclamante”);
    2. problemas tecnológicos del Banco de Tierras que afecten al Reclamante; o
    3. medidas específicas o conductas de ASG vinculadas al Banco de Tierras que afecten al Reclamante.

 

9.1.2. Tramitación de la Reclamación

En caso de conflicto entre los Anunciantes y ASG como operador del Banco de Tierras, los Usuarios Ofertantes pueden ponerse en contacto con ASG a través de la dirección de correo electrónico bancdeterresaigues-asg.es para presentar la Reclamación y iniciar el Procedimiento de Reclamación.

ASG, una vez recibida la Reclamación, estudiará su contenido y la mejor forma de poder encontrar una solución amistosa al conflicto planteado por el Reclamante. En un plazo máximo de 15 días hábiles desde la interposición de la Reclamación, ASG trasladará al Reclamante su posición respecto de la Reclamación mediante un correo electrónico y, en función de su contenido, propondrá al Reclamante una vía para su solución de forma amistosa. Sin embargo, el plazo de 15 días podrá ser incrementado si la complejidad de la Reclamación lo requiere.

Si el Reclamante acepta la solución propuesta por ASG la Reclamación quedará resuelta. De lo contrario, ASG puede ofrecer al Reclamante iniciar un procedimiento de mediación para intentar resolver la controversia.

 

9.2. MEDIACIÓN

ASG ofrece la mediación como vía para la resolución extrajudicial de los conflictos que puedan surgir entre los Usuarios Ofertantes y ASG como operador del Banco de tierras, incluyendo aquellas Reclamaciones no resueltas de forma satisfactoria a través del Procedimiento de Reclamación. A estos efectos, ASG designa a Anna Llauradó Sabaté y Elda Michans i Ariño, miembros del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Lleida, como mediadores encargados de esta tarea.

Para iniciar una mediación, los Usuarios Ofertantes podrán ponerse en contacto con ASG a través de la siguiente dirección de correo electrónico: bancdeterresaigues-asg.es.

Para poder iniciar un procedimiento de mediación sobre cualquier aspecto que pueda ser objeto de un Procedimiento de Reclamación, será condición necesaria que previamente el Usuario Ofertantes haya iniciado el Procedimiento de Reclamación y ASG no haya resuelto la Reclamación de forma satisfactoria para el Reclamante .

ASG no queda obligado a participar en los procesos de reclamación que propongan los Usuarios Ofertantes.

Cualquier intento de llegar a un acuerdo a través de la mediación para resolver una controversia entre el Anunciante y ASG no afectará al derecho de ASG y los Usuarios Ofertantes afectados de iniciar un procedimiento judicial en cualquier momento durante el procedimiento de mediación o antes o después de éste.

 

10. DIRECCIÓN DE CONTACTO

En caso de que los Usuarios Ofertantes tengan alguna duda sobre estas Condiciones Particulares o cualquier comentario sobre el Banco de Tierras, pueden dirigirse por escrito a la siguiente dirección:

bancodetierrasaigues-asg.es